Guía
La factura electrónica obligatoria
Ya tiene fecha. Para la mayoría de autónomos y pymes, el 6 de octubre de 2028. Esto es lo que cambia, lo que no, y lo que no es (no es Verifactu).
Por Nyrut · Revisada el 20 de octubre de 2026
Qué es
La Ley 18/2022, «Crea y Crece», obliga a que las facturas entre empresarios y profesionales sean electrónicas de verdad: un fichero estructurado que un programa lee sin que nadie teclee, no un PDF por correo. El Real Decreto 238/2026 lo desarrolla, y la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026, pone en marcha el reloj.
Además de mandarla, el cliente tiene que comunicar a Hacienda si la acepta o la rechaza y cuándo la paga: el objetivo de la ley es medir y acortar los plazos de pago.
Las fechas
- 6 de octubre de 2027
- Empresas y profesionales con un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros: emitir, recibir e informar de estados y pagos.
- 6 de octubre de 2028
- Todos los demás empresarios y profesionales, autónomos incluidos: emitir y recibir factura electrónica (y las sociedades, informar de estados y pagos).
- 6 de octubre de 2029
- Las personas físicas (autónomos) y las entidades en atribución de rentas: informar de estados y pagos.
Las tres fechas cuentan desde la entrada en vigor de la orden, el 6 de octubre de 2026, según la AEAT.
A quién afecta y a quién no
- A las facturas entre empresarios y profesionales con sede o establecimiento en España: a otra empresa, a otro autónomo.
- No a las facturas a particulares, que siguen como hasta ahora.
- Tampoco cambia a quién facturas en el extranjero: la obligación es para destinatarios en España.
Cómo se manda
Hay dos caminos, y se pueden combinar: una plataforma privada de intercambio de facturas (la de tu programa, por ejemplo) o la solución pública de la AEAT, gratuita y pensada para pymes y profesionales, que además tendrá un formulario para hacerlas a mano.
La solución pública trabaja con el modelo europeo EN 16931 en sintaxis UBL. Si emites por una plataforma privada, esa plataforma manda además a Hacienda una copia fiel de cada factura en UBL. La solución pública guarda una copia de todas: es el repositorio de todas las facturas electrónicas.
No es Verifactu
Son dos obligaciones distintas que se suelen confundir. Verifactu (desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos) trata de cómo tu programa registra cada factura que emites, la mandes a quien la mandes. La factura electrónica trata de en qué formato le llega a tu cliente empresa. Te tocan las dos.
Qué hacer ahora
- Nada urgente si facturas menos de 8 millones: tienes hasta el 6 de octubre de 2028.
- Pregúntale a tu programa de facturación cómo lo va a hacer, y cuándo.
- Ve pidiendo a tus proveedores y clientes empresa que tengan sus datos fiscales completos: con la factura electrónica, un NIF mal puesto no pasa.
- Antes, Verifactu: llega antes y es para todos los que facturan con programa.
Y Nyrut
Hoy Nyrut emite la factura en PDF y con su enlace, que vale hasta que la obligación te llegue, y tiene Verifactu construido para cuando te toque. La factura electrónica en UBL no la hace todavía: la tendremos lista antes de que sea obligatoria para autónomos y pymes, y aquí lo contaremos.
Esto es una guía para entenderlo, no asesoramiento fiscal: tu caso concreto, con tu gestoría.
